Concesionar Derechos Reales a privados, o sucumbir a la corrupción

 

 

Atreverse a cuestionar algunas nefastas prácticas que se han transformado en un verdadero círculo vicioso de comportamiento dentro del servicio público, es el desafío que nos impone el inicio de la segunda década del siglo veintiuno. Nadie quiere vivir en el pasado, en un mundo de telarañas y pestilencia a “popís”, como se le dice en el oriente boliviano, al desagradable olor a moho y encierro que impregna las ropas cuando se encuentran en un espacio húmedo, cerrado y sin ventilación. Desde este punto de vista, es urgente reflexionar sobre el rol que vienen cumpliendo las oficinas de Derechos Reales en nuestro país. La Ley de Inscripción de Derechos Reales, del 15 de noviembre de 1887 y que se encuentra vigente, ha permitido que a través del Decreto Supremo 27957 del año 2004, se determine que la administración del registro de inmuebles está a cargo del Consejo de la Magistratura. Y es que en su Art. 46, esta ley establece que es el Órgano Ejecutivo quien tiene las facultades de reglamentación, por ello sobrevino primero el D.S. del 05 de diciembre de 1888, durante el gobierno de Gregorio Pacheco y posterior a ello, el D.S. del gobierno de Carlos Mesa.

Ahora bien, teniendo en cuenta que la misma Ley de Inscripción de Derechos Reales, permite ampliarla, modificarla y actualizarla mediante la emisión de un Decreto Supremo a través del Órgano Ejecutivo, es pertinente hacer un análisis exhaustivo de los resultados obtenidos bajo la tuición del Consejo de la Magistratura. Considero que no hay puntos positivos a destacar en su administración y estos son sus aspectos negativos:

1.- El software que utiliza Derechos Reales es obsoleto y precario, lo que lo hace vulnerable a invasiones de hacking, manipulaciones de datos y otros ilícitos penales.
2.- La atención es pésima y su infraestructura deficiente, no permite brindar la comodidad que la ciudadanía se merece.
3.- Se ha tornado en un verdadero caldo de cultivo para la proliferación de los denominados tramitadores, personas descalificadas, motivadas no por una vocación de servicio y sí, por el afán de lucro fácil y ningún compromiso con la ética.

Es un hecho irrefutable que, en los últimos 20 años, los casos de corrupción asociados a la administración pública de Derechos Reales han sido una constante. Un centenar de funcionarios a nivel nacional, han sucumbido a este flagelo y muchos se encuentran detenidos en cárceles públicas. Lo terrorífico es que hay jueces registradores de Derechos Reales procesados penalmente, por actos irregulares al interior de la institución, es decir, no existe ninguna fiscalización ni regulación, sálvese quien pueda.

Entre los conceptos más interesantes y vanguardistas de la administración moderna, debemos destacar el “Benchmarking”, término anglosajón derivado de la palabra inglesa “benchmark”, que significa “referencia”, y es una herramienta de gestión esencial para el perfeccionamiento de procesos, productos y servicios. A través de ella, se realiza un profundo análisis estratégico de las mejores prácticas de cualquier segmento de las actividades humanas.
Aplicando este concepto a nuestra realidad, haré una evaluación objetiva de la función que viene desarrollando, por ejemplo, FUNDEMPRESA (Concesionarios del Registro de los Actos de Comercio), una fundación sin fines de lucro, que nació a partir de una licitación pública a la que concurrió y ganó en el año 2001.
El Estado suscribió un contrato de concesión por 40 años con esta fundación privada, integrada por cuatro importantes cámaras empresariales: Cámara Nacional de Industrias, Cámara Nacional de Comercio, CAINCO, y Cámara de la Construcción de Santa Cruz.
Esta concesión en manos de privados permitió una modernización del registro de comercio, con atención en lugares adecuados y cómodos, aranceles y plazos determinados y la eliminación de la corrupción y los tramitadores. Otro hecho relevante fue el cambio de funcionarios públicos a empleados privados, sujetos a periódicas evaluaciones de competencia, logrando además los siguientes objetivos:

1.- Inversiones en software apropiado y seguro.
2.- Mejora constante en la calidad del servicio, con auditorías del nivel de satisfacción de los usuarios por parte del ministerio competente y la Autoridad de Empresas.
3.- Obligaciones de información frente al Estado.
4.- Responsabilidad civil y penal por el servicio prestado.

Esta concesión es el mejor ejemplo de que el Estado puede trasladar sus competencias a privados con resultados positivos. Es por eso que propongo a los Colegios de Abogados (debido a su conocimiento en la materia) como posibles concurrentes de una nueva licitación, mediante la conformación de un consorcio privado entre los nueve departamentos.

Son evidentes los logros efectivos de la saludable sinergia que puede existir entre el Estado y las concesiones privadas reguladas en Bolivia, por lo que le sugiero al Órgano Ejecutivo, que realice una licitación pública nacional, para concesionar el registro estatal de todos aquellos actos jurídicos relativos a los inmuebles permitidos en la Ley, Código Civil y normativas conexas. Como no es necesario acudir al parlamento para realizar estos cambios estructurales, también le propongo que emita un nuevo Decreto Supremo que modernice y reglamente la Ley de 1887, adaptándola a la realidad del siglo XXI.

Sin duda, esto permitirá una mayor seguridad jurídica a todos los bolivianos y, por ende, al patrimonio traducido en bienes inmuebles sujetos a registro. A través de estas medidas sistémicas, se extirpará de raíz la corrupción al interior de las oficinas de Derechos Reales. Quizás las más afectadas, serán aquellas organizaciones criminales formadas por loteadores, estafadores, usurpadores y delincuentes que manipulan los datos técnicos de las matrículas de los inmuebles, levantando hipotecas, realizando gravámenes en minutos e inclusive, llegando a la desfachatez de fraguar documentos públicos, con la colaboración de esta verdadera burguesía de lo irregular, que constituyen los denominados tramitadores, quienes incrementan sus tarifas de acuerdo a la desesperación de los usuarios, agilizando los tramites con la complicidad de aquellos funcionarios públicos carentes de ética.

Si en estos últimos meses nos hemos enfrentado a una mortífera pandemia global, también ha llegado la hora de hacer cambios profundos en Derechos Reales y fortaleza para eso, nos debería sobrar. No tengamos miedo de las reacciones de quiénes perderán sus privilegios espurios, ya que se trata de un masivo clamor de la sociedad. Es importante dotar de una estructura sólida y seguridad jurídica al espectro de los bienes raíces, proveerlos de un software moderno y seguro, de agilidad en su traslación de propiedad y de anotaciones preventivas en plazos predeterminados. Esto podría ir acompañado de una reducción impositiva, con la debida transparencia en los registros públicos, incorporando búsquedas rápidas mediante plataformas digitales (página web y aplicaciones móviles) que nos permitan conocer el estado actual de nuestro trámite, así como realización de trámites online para emisiones de vistas rápidas, alodiales, etc. Esto coadyuvara en la reactivación de nuestra economía y proyectarla de mejor manera, acompañando el vertiginoso dinamismo del sector inmobiliario e incentivándolo a realizar nuevas inversiones.

Por Bolivia
 

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